Si tiene una empresa en Bogotá, gestionar los aportes a salud y pensión de sus empleados puede convertirse en un dolor de cabeza constante. Entre cálculos que cambian cada año, porcentajes que se distribuyen entre empleador y empleado, y el riesgo permanente de errores que pueden costar sanciones millonarias, entendemos que necesita claridad inmediata.
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Este 2026 trae ajustes importantes. Con el aumento del salario mínimo a $1.750.905, los valores que debe pagar por salud y pensión se actualizaron automáticamente. Y aunque los porcentajes se mantienen, los montos mensuales que su empresa debe destinar crecieron significativamente.
En esta guía completa le explicamos exactamente cuánto se paga de salud y pensión con el mínimo, cómo calcular los aportes a salud y pensión para cualquier salario, qué incluye la base de liquidación, y cuándo debe realizar estos pagos para evitar sanciones.
¿Por Qué los Aportes a Salud y Pensión Son Fundamentales?
Los aportes a salud y pensión no son un gasto opcional. Son obligaciones legales que protegen tanto a sus empleados como a su empresa. Cuando un trabajador sufre una enfermedad o llega a su edad de jubilación, estos aportes garantizan su bienestar y evitan que su compañía enfrente demandas o responsabilidades adicionales.
¿Qué Son los Aportes a Salud y Pensión?
Los aportes a salud y pensión son contribuciones mensuales obligatorias que empleadores y trabajadores realizan al Sistema de Seguridad Social Integral. Estos recursos financian:
- Salud (EPS): Acceso a servicios médicos, hospitalarios, cirugías, medicamentos y atención preventiva.
- Pensión (AFP): Ahorro obligatorio que permite al trabajador acceder a una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.
Según la regulación vigente del Ministerio de Salud, estos aportes deben pagarse mes vencido a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), sin excepciones.
Importancia del Sistema de Seguridad Social para su Empresa
Para las empresas en Bogotá, cumplir con los aportes a salud y pensión no solo evita sanciones que según la UGPP pueden superar varios salarios mínimos por cada trabajador no afiliado. También:
- Protege su reputación corporativa
- Garantiza estabilidad laboral
- Reduce el riesgo de demandas
- Mejora el clima organizacional
Muchos empresarios en Bogotá prefieren delegar esta tarea compleja a especialistas que garanticen el cumplimiento normativo, evitando errores costosos y liberando tiempo para enfocarse en el crecimiento del negocio.
Porcentajes de Salud y Pensión en 2026: ¿Cuánto Se Paga?
El porcentaje de salud y pensión que debe pagar en 2026 se mantiene sin cambios respecto a 2025. Sin embargo, con el aumento del salario mínimo, los valores absolutos aumentaron considerablemente.
Tabla de Porcentajes: Empleado vs Empleador
| Concepto | Empleador Paga | Trabajador Paga | Total |
|---|---|---|---|
| Salud | $148.827 (8,5%) | $70.036 (4%) | $218.863 |
| Pensión | $210.109 (12%) | $70.036 (4%) | $280.145 |
| ARL | $9.140 (0,522%) | $0 | $9.140 |
| Caja Compensación | $70.036 (4%) | $0 | $70.036 |
| ICBF | $52.527 (3%) | $0 | $52.527 |
| SENA | $35.018 (2%) | $0 | $35.018 |
| TOTAL MENSUAL | $525.657 | $140.072 | $665.729 |
Como ve, los aportes a salud y pensión representan solo una parte del costo total de seguridad social. El empleador asume mucho más que el trabajador.
Sanciones por Incumplimiento
No pagar los aportes a salud y pensión a tiempo genera:
Sanciones económicas:
- Intereses de mora sobre el valor adeudado
- Multas hasta de 5.000 SMMLV (según la UGPP)
- Posible inembargabilidad de cuentas
Consecuencias operativas:
- Imposibilidad de firmar contratos estatales
- Bloqueo de certificados laborales
- Demandas de trabajadores
- Pérdida de credibilidad empresarial
En Bogotá, la UGPP ha intensificado fiscalizaciones en 2026, especialmente en sectores con alta rotación de personal. Muchas empresas están buscando asesoría especializada para regularizar los aportes a salud y pensión antes de ser auditadas.
¿Cómo Calcular los aportes a Salud y Pensión?
Calcular los aportes a salud y pensión es simple cuando conoce las fórmulas correctas. Sin embargo, errores en la base de liquidación o en los porcentajes pueden generar inconsistencias que la UGPP detecta y sanciona.
Fórmula Básica de Cálculo
Para Salud:
Aporte total salud = Ingreso Base de Cotización (IBC) × 12,5%
Empleador paga = IBC × 8,5%
Trabajador paga = IBC × 4,0%
Para Pensión:
Aporte total pensión = IBC × 16%
Empleador paga = IBC × 12%
Trabajador paga = IBC × 4%
Total aportes a salud y pensión = (IBC × 12,5%) + (IBC × 16%) = IBC × 28,5%
Calculadora Paso a Paso
Vamos a calcular los aportes a salud y pensión para diferentes salarios en Bogotá:
Ejemplo 1: Salario Mínimo ($1.750.905)
- IBC: $1.750.905 (no incluye auxilio de transporte)
- Cálculo Salud:
- Total: $1.750.905 × 12,5% = $218.863
- Empleador: $1.750.905 × 8,5% = $148.827
- Trabajador: $1.750.905 × 4% = $70.036
- Cálculo Pensión:
- Total: $1.750.905 × 16% = $280.145
- Empleador: $1.750.905 × 12% = $210.109
- Trabajador: $1.750.905 × 4% = $70.036
Total empresa paga: $358.936
Total trabajador aporta: $140.072
Ejemplo 2: Salario $3.000.000
- IBC: $3.000.000
- Cálculo Salud:
- Total: $3.000.000 × 12,5% = $375.000
- Empleador: $3.000.000 × 8,5% = $255.000
- Trabajador: $3.000.000 × 4% = $120.000
- Cálculo Pensión:
- Total: $3.000.000 × 16% = $480.000
- Empleador: $3.000.000 × 12% = $360.000
- Trabajador: $3.000.000 × 4% = $120.000
Total empresa paga: $615.000
Total trabajador aporta: $240.000
Casos Especiales en el Cálculo
Fondo de Solidaridad Pensional:
Cuando el salario supera 4 SMMLV ($7.003.620 en 2026), se paga un porcentaje adicional:
| Rango Salarial (SMMLV) | Porcentaje Adicional |
|---|---|
| Entre 4 y 16 SMMLV | 1% |
| Entre 16 y 17 SMMLV | 1,2% |
| Entre 17 y 18 SMMLV | 1,4% |
| Entre 18 y 19 SMMLV | 1,6% |
| Entre 19 y 20 SMMLV | 1,8% |
| Más de 20 SMMLV | 2% |
Este porcentaje se suma al 16% de salud y pensión (en la parte de pensión).
Descuentos de Salud y Pensión con Salario Mínimo 2026.
Para las empresas que contratan trabajadores con salario mínimo en Bogotá, entender exactamente cuánto se paga de salud y pensión con el mínimo es crucial para la planificación financiera.
Cuánto Se Descuenta con el Mínimo en 2026
Con el salario mínimo de $1.750.905, al trabajador se le descuenta:
- Salud: $70.036 (4%)
- Pensión: $70.036 (4%)
- Total descuento salud y pensión: $140.072
Esto significa que el trabajador recibe:
- Salario base: $1.750.905
- Menos descuentos: -$140.072
- Neto antes de otros descuentos: $1.610.833
Salario Mínimo + Auxilio de Transporte
Es importante recordar que el auxilio de transporte ($249.095 en 2026) NO hace parte del cálculo de aportes a salud y pensión.
Ingreso total del trabajador:
- Salario mínimo: $1.750.905
- Auxilio de transporte: $249.095
- Total devengado: $2.000.000
Descuentos:
- Salud: $70.036
- Pensión: $70.036
- Total descuentos: $140.072
Valor neto a recibir: $1.859.928
Esto es lo que efectivamente llega al bolsillo del trabajador mensualmente, antes de cualquier otro descuento (libranzas, embargos, etc.).
Impacto en la Nómina Empresarial
Para una PyME en Bogotá con 10 empleados de salario mínimo, los aportes a salud y pensión mensuales serían:
- Por empleador: $358.936 × 10 = $3.589.360
- Por trabajadores (descontado): $140.072 × 10 = $1.400.720
- Total mensual salud y pensión: $4.990.080
Anualmente: $59.880.960 solo en aportes a salud y pensión.
Este cálculo no incluye ARL, caja de compensación, ni prestaciones sociales, que incrementan el costo real hasta aproximadamente $2.820.151 mensuales por cada trabajador con salario mínimo.
Base de Liquidación: ¿Sobre Qué Se Calcula Salud y Pensión?
Uno de los errores más comunes que detectamos en empresas de Bogotá es calcular mal el Ingreso Base de Cotización (IBC). Este error puede costar sanciones considerables.
Total Devengado vs Salario Básico
Para calcular los aportes a salud y pensión, debe considerar:
Se incluye en el IBC:
- Salario básico
- Comisiones
- Bonificaciones habituales
- Horas extras
- Recargos nocturnos, dominicales y festivos
- Viáticos cuando exceden el 50% del salario
NO se incluye en el IBC:
- Auxilio de transporte
- Prestaciones sociales (prima, cesantías)
- Indemnizaciones
- Bonificaciones ocasionales
- Dotación
Según Actualícese, el IBC para salud y pensión en trabajadores dependientes incluye el salario básico y todos los pagos que constituyan salario según el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo.
¿Las Horas Extras Cuentan?
Sí. Las horas extras, recargos nocturnos y trabajo en dominicales o festivos sí forman parte del IBC para calcular aportes a salud y pensión.
Ejemplo:
- Salario básico: $1.750.905
- Horas extras del mes: $200.000
- IBC para salud y pensión: $1.950.905
Cálculos:
- Salud (12,5%): $243.863
- Pensión (16%): $312.145
- Total aportes: $556.008
Auxilio de Transporte: ¿Se Incluye o No?
Esta es una pregunta frecuente en Bogotá. La respuesta es clara: el auxilio de transporte NO se incluye en el cálculo de salud y pensión.
Esto está establecido en la normativa de seguridad social y confirmado por fuentes oficiales.
El auxilio de transporte SÍ se incluye para calcular prestaciones sociales como prima de servicios y cesantías, pero NO para aportes a salud y pensión.
Límites del IBC
El IBC para salud y pensión tiene límites establecidos:
- Mínimo: 1 SMMLV ($1.750.905 en 2026)
- Máximo: 25 SMMLV ($43.772.625 en 2026)
Si un trabajador gana más de 25 salarios mínimos, solo se calculan los aportes a salud y pensión sobre $43.772.625, no sobre el salario real completo.
Frecuencia de Descuento: ¿Mensual o Quincenal?
Muchas empresas en Bogotá nos preguntan si pueden pagar los aportes a salud y pensión de forma quincenal, igual que la nómina. La respuesta depende del tipo de trabajador.
Periodicidad Legal de los Aportes
Según la normativa de la PILA, los aportes a salud y pensión deben pagarse:
Para trabajadores dependientes:
- Período: Mes vencido
- Pago: Máximo hasta la fecha límite según últimos dos dígitos del NIT
Para independientes:
- Período: Mes vencido (lo ganado en el mes anterior)
- Opción de pago anticipado si el ingreso es fijo
Mes Vencido vs Anticipado
Mes vencido significa que los aportes a salud y pensión de enero se pagan en febrero, los de febrero se pagan en marzo, y así sucesivamente.
Ventajas del mes vencido:
- Se paga sobre ingresos reales del trabajador
- Incluye horas extras y comisiones reales
- Evita ajustes posteriores
Desventaja:
- Requiere liquidar la nómina completa antes del pago
Algunos independientes prefieren pagar anticipado (en el mismo mes) para mantener su afiliación activa, pero para empresas con empleados, siempre es mes vencido.
Fechas Límite de Pago 2026
Las fechas de pago de salud y pensión dependen de los últimos dos dígitos de su NIT o documento:
| Día hábil | Dos últimos dígitos del NIT o documento |
|---|---|
| 2° | 00 al 07 |
| 3° | 08 al 14 |
| 4° | 15 al 21 |
| 5° | 22 al 28 |
| 6° | 29 al 35 |
| 7° | 36 al 42 |
| 8° | 43 al 49 |
| 9° | 50 al 56 |
| 10° | 57 al 63 |
| 11° | 64 al 69 |
| 12° | 70 al 75 |
| 13° | 76 al 81 |
| 14° | 82 al 87 |
| 15° | 88 al 93 |
| 16° | 94 al 99 |
Pagar los aportes a salud y pensión fuera de estas fechas genera intereses de mora que aumentan mensualmente.
Casos Especiales de Contratación
No todos los trabajadores tienen las mismas reglas para salud y pensión. Veamos los casos especiales más comunes en empresas de Bogotá.
Prestación de Servicios (Contratistas)
Los contratistas por prestación de servicios tienen reglas diferentes para sus aportes a salud y pensión:
IBC mínimo:
- 40% del valor del contrato mensual
- Nunca inferior a 1 SMMLV ($1.750.905)
Ejemplo:
- Contrato mensual: $4.000.000
- 40% = $1.600.000
- Como es menor que el mínimo, debe pagar sobre $1.750.905
¿Quién paga?
El contratista asume el 100% de los aportes a salud y pensión:
- Salud: $218.863 (12,5%)
- Pensión: $280.145 (16%)
- Total: $499.008 mensuales
La ARL es obligatoria para contratistas y debe ser asumida por quien contrató el servicio, según normativa vigente.
Empleadas Domésticas
Para trabajadoras del servicio doméstico, los aportes a salud y pensión se calculan:
Trabajo por días:
- Salario diario: $58.364 (salario mínimo ÷ 30)
- Si trabaja 4 días al mes: $233.456
- Debe pagar sobre mínimo: $1.750.905
Trabajo tiempo completo:
- Igual que cualquier trabajador
- Incluye prestaciones sociales
- Los aportes a salud y pensión son sobre salario real
Muchos empleadores en Bogotá desconocen que incluso trabajadoras por días deben tener salud y pensión afiliada. Según la plataforma de liquidación de planilla pila Enlace operativo, omitir esto puede generar sanciones y responsabilidades legales.
Licencias No Remuneradas
Durante licencias no remuneradas:
¿Se pagan aportes a salud y pensión?
- NO se paga si la licencia es superior a 30 días
- Se debe reportar la novedad «LNR» en la PILA
- El trabajador puede continuar afiliado pagando por su cuenta
Si la licencia es menor a 30 días:
- La empresa debe seguir pagando salud y pensión normalmente
- Se reporta como días no laborados pero el aporte continúa
Salud, Pensión y ARL: ¿Cómo se Relacionan?
Los aportes a salud y pensión no son los únicos pagos obligatorios de seguridad social. La ARL (Administradora de Riesgos Laborales) también juega un rol fundamental.
¿Se Puede Pagar Solo ARL?
No. La afiliación a salud, pensión y ARL está interrelacionadas:
- Primero debe afiliar a salud y pensión
- Luego puede afiliar a ARL
- No puede estar afiliado solo a ARL sin salud y pensión
Esto protege integralmente al trabajador y cumple con las obligaciones legales completas.
Diferencias Entre Cada Aporte
| Concepto | Salud | Pensión | ARL |
|---|---|---|---|
| Finalidad | Atención médica | Ahorro pensional | Riesgos laborales |
| % Total | 12,5% | 16% | 0,522% – 6,96% |
| Empleador | 8,5% | 12% | 100% |
| Trabajador | 4% | 4% | 0% |
Los aportes a salud y pensión son permanentes, mientras que la ARL varía según el riesgo de la actividad económica conforme a la tabla oficial.
Cálculo Conjunto de Salud, Pensión y ARL
Para un trabajador con salario mínimo en Bogotá, actividad administrativa (Riesgo I – 0,522%):
Aportes totales:
- Salud: $218.863
- Pensión: $280.145
- ARL: $9.140 (solo empleador)
- Total seguridad social: $508.148
El empleador paga:
- Salud: $148.827
- Pensión: $210.109
- ARL: $9.140
- Total empleador: $368.076
El trabajador aporta:
- Salud: $70.036
- Pensión: $70.036
- ARL: $0
- Total trabajador: $140.072
Prestaciones Sociales: ¿Se Descuenta Salud y Pensión?
Esta es una confusión común: ¿se calculan aportes a salud y pensión sobre las prestaciones sociales como prima o vacaciones?
Prima de Servicios
La prima de servicios NO genera aportes a salud y pensión.
¿Por qué?
- La prima no es salario, es una prestación social
- Se paga dos veces al año (junio y diciembre)
- No aumenta el IBC del mes
Cálculo de prima 2026 con salario mínimo:
- Base: $1.750.905 + $$249.095 (auxilio de transporte) = $2.000.000
- Prima semestral: ($2.000.000 × 6 meses) ÷ 12 = $1.000.000
Sobre ese $1.000.000 NO se pagan aportes a salud y pensión.
Vacaciones
Las vacaciones tampoco generan aportes a salud y pensión adicionales.
¿Cómo funciona?
- Durante las vacaciones, el trabajador sigue afiliado
- Se sigue pagando salud y pensión sobre el salario base mensual
- El pago de vacaciones no aumenta el IBC
Cálculo de vacaciones 2026:
- Base: $1.750.905
- 15 días hábiles al año
- Valor: ($1.750.905 ÷ 30) × 15 = $875.453
Este valor NO incrementa el IBC para salud y pensión.
Liquidación de Contrato
Al terminar un contrato, se liquidan todas las prestaciones:
Prestaciones que NO generan aportes a salud y pensión:
- Prima de servicios proporcional
- Cesantías consolidadas
- Intereses sobre cesantías
- Vacaciones proporcionales
- Indemnizaciones
Durante el último mes laborado, SÍ se pagan los aportes a salud y pensión normales sobre el salario. Las prestaciones se pagan adicionalmente sin generar nuevos aportes.
Proceso de Afiliación y Pago.
Para empresas nuevas en Bogotá o que contratan su primer empleado, el proceso de afiliación y pago de salud y pensión puede parecer complejo. Aquí se lo explicamos paso a paso.
Cómo Afiliarse al Sistema
Paso 1: Registro del empleador
- Obtener NIT de la empresa
- Registrarse como aportante en un operador de información PILA
- Elegir administradoras (EPS, AFP, ARL, Caja)
Paso 2: Afiliación de trabajadores
- Recopilar documentos del trabajador (cédula, hoja de vida)
- Completar formularios de afiliación en cada administradora
- Reportar afiliación el mismo día de inicio laboral
Paso 3: Primera planilla
- Ingresar información en operador PILA
- Liquidar aportes a salud y pensión
- Pagar antes de la fecha límite
Según el Ministerio de Salud, la afiliación debe hacerse desde el primer día de trabajo, sin excepciones.
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Planilla Integrada (PILA)
La PILA es el mecanismo obligatorio para pagar aportes a salud y pensión en Colombia.
¿Qué es la PILA?
- Ventanilla virtual única
- Integra pagos de salud, pensión, ARL y parafiscales
- Se tramita a través de operadores autorizados
Operadores autorizados:
Para pagar salud y pensión, debe:
- Acceder a la plataforma del operador
- Cargar archivo con información de trabajadores
- Validar datos
- Generar planilla
- Pagar por PSE o en bancos autorizados
- Descargar certificado de pago
Aportes en Línea: Proceso Completo
Modalidad electrónica:
- Crear cuenta en www.aportesenlinea.com
- Registrar empresa y trabajadores
- Liquidar aportes a salud y pensión mensualmente
- Pagar con débito, PSE o efectivo en bancos
- Guardar soporte de pago
Modalidad asistida (solo para empresas con 3 o menos trabajadores):
- Llamar al operador
- Brindar información telefónicamente
- Recibir número de planilla
- Pagar en cualquier banco
Esta segunda opción es ideal para microempresas en Bogotá que no tienen personal especializado en nómina.
Obligaciones del Empleador vs Empleado.
Entender quién debe pagar qué en salud y pensión es crucial para evitar conflictos y sanciones.
Distribución de Responsabilidades
El empleador debe:
- Afiliar al trabajador desde el día 1
- Calcular correctamente los aportes a salud y pensión
- Descontar la parte del trabajador (8%)
- Aportar su parte (20,5%)
- Pagar la planilla completa en fechas
- Entregar comprobantes mensuales
- Reportar novedades (retiros, incapacidades)
- Mantener registros por 5 años
El trabajador debe:
- Verificar su afiliación
- Autorizar el descuento del 8% en salud y pensión
- Revisar comprobantes de pago
- Reportar cambios (dirección, beneficiarios)
- Acceder a servicios de su EPS
- Revisar su historial pensional
Qué Paga Cada Uno: Tabla Resumen: Tabla resumen.
Para salario mínimo 2026: $1.750.905
| Concepto | % Total | Empleador Paga | Empleado Paga | Valor Empleador | Valor Empleado |
|---|---|---|---|---|---|
| Salud | 12,5% | 8,5% | 4% | $148.827 | $70.036 |
| Pensión | 16% | 12% | 4% | $210.109 | $70.036 |
| ARL (Riesgo I) | 0,522% | 0,522% | 0% | $9.142 | $0 |
| Caja Compensación | 4% | 4% | 0% | $70.036 | $0 |
| ICBF* | 3% | 3% | 0% | $52.527 | $0 |
| SENA* | 2% | 2% | 0% | $35.018 | $0 |
| TOTAL APORTES | – | 29,5% | 8% | $525.659 | $140.072 |
Notas Importantes
Exoneración de parafiscales: Los aportes a ICBF y SENA están exonerados para trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos, según la Ley 1607 de 2012. Sin embargo, el aporte a Caja de Compensación (4%) sigue siendo obligatorio.
ARL variable: La ARL puede variar según el nivel de riesgo de la actividad económica (Clase I: 0,522% hasta Clase V: 6,96%).
Dinero que recibe el empleado:
- Salario: $1.750.905
- Menos descuentos: -$140.072
- Más auxilio de transporte: +$249.095
- Total en el bolsillo: $1.859.928
Costo total para el empleador:
Aproximadamente $2.820.151 mensuales (incluyendo salario, aportes parafiscales, seguridad social y prestaciones sociales).
Los aportes a salud y pensión en 2026 representan una obligación legal que requiere precisión, cumplimiento de fechas y conocimiento actualizado de la normativa. Para empresas en Bogotá, gestionar correctamente estos aportes no es solo evitar sanciones, es proteger su patrimonio y la tranquilidad de sus trabajadores.
¿Cuánto Se Paga de Salud y Pensión con el Mínimo en 2026?
Esta es la pregunta que más nos hacen empresarios en Bogotá. Con el salario mínimo de 2026, cuánto se paga de salud y pensión con el mínimo es:
¿Cuánto Se Paga de Salud y Pensión con el Mínimo en 2026?
Salario mínimo 2026: $1.750.905
Desglose Completo:
Salud (12,5% Total)
| Quién Paga | Porcentaje | Valor Mensual |
|---|---|---|
| Empleador | 8,5% | $148.827 |
| Trabajador | 4,0% | $70.036 |
| TOTAL SALUD | 12,5% | $218.863 |
Normativa: Ley 100 de 1993 y Ley 1122 de 2007. El aporte total a salud es del 12,5% del salario base, distribuido en 8,5% a cargo del empleador y 4% descontado del salario del trabajador.
PENSIÓN (16% Total)
Base de cálculo: $1.750.905
| Quién Paga | Porcentaje | Valor Mensual |
|---|---|---|
| Empleador | 12% | $210.109 |
| Trabajador | 4% | $70.036 |
| TOTAL PENSIÓN | 16% | $280.145 |
Normativa: Ley 100 de 1993. El aporte total a pensión es del 16% del salario base, distribuido en 12% a cargo del empleador y 4% descontado del salario del trabajador.
Resumen Total Salud + Pensión
| Concepto | Valor Mensual |
|---|---|
| Aporta el empleador | $358.936 |
| Aporta el trabajador | $140.072 |
| TOTAL MENSUAL | $499.008 |
Puntos Clave
Para el trabajador:
- Del salario de $1.750.905 le descuentan $140.072 mensuales (8% total: 4% salud + 4% pensión)
- Recibe en su cuenta: $1.610.833 (antes de sumar auxilio de transporte)
Para el empleador:
- Debe pagar adicional $358.936 mensuales solo por salud y pensión
- Esto representa el 20,5% adicional sobre el salario base del trabajador
Fechas de pago:
Según la normativa colombiana, estos aportes deben pagarse dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente al período laborado.
Para recordar:
Sobre los porcentajes:
- Salud: 12,5% total (8,5% empleador + 4% trabajador)
- Pensión: 16% total (12% empleador + 4% trabajador)
- Total aportes a salud y pensión: 28,5% sobre el IBC
Sobre el salario mínimo 2026:
- Cuánto se paga de salud y pensión con el mínimo: $499.008 mensuales
- Empleador asume: $358.936
- Trabajador aporta: $140.072
Sobre la base de liquidación:
- Incluye salario, comisiones, horas extras, recargos
- NO incluye auxilio de transporte, prestaciones sociales, bonificaciones ocasionales
- Límites: mínimo 1 SMMLV, máximo 25 SMMLV
Sobre el pago:
- Mes vencido obligatorio
- Fechas según últimos dos dígitos del NIT
- Pago a través de PILA únicamente
Sobre casos especiales:
- Contratistas pagan sobre mínimo 40% del contrato
- Empleadas domésticas siempre sobre salario mínimo
- Licencias no remuneradas mayores a 30 días no generan aportes
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Preguntas Frecuentes sobre aportes a Salud y Pensión.
¿Cuánto se paga de salud y pensión con el salario mínimo?
Con el salario mínimo de 2026 establecido en $1.750.905, un trabajador dependiente debe aportar un total de aproximadamente $139.750 mensuales por concepto de salud y pensión combinados. Este monto representa el 8% del salario base y se descuenta directamente de la nómina del trabajador.
Específicamente, se pagan alrededor de $69.875 para salud (4% del salario) y $69.875 para pensión (4% del salario). Es importante mencionar que estos descuentos se calculan únicamente sobre el salario base, sin incluir el auxilio de transporte de $249.095, el cual no forma parte del ingreso base de cotización según la normativa colombiana.
¿Cuál es el porcentaje de salud y pensión?
En Colombia, los porcentajes establecidos por la Ley 1122 de 2007 para el Sistema General de Seguridad Social son los siguientes: para salud, el aporte total es del 12,5% sobre el ingreso base de cotización, distribuido entre 8,5% a cargo del empleador y 4% asumido por el trabajador.
Para pensión, el aporte total es del 16%, del cual el empleador cubre el 12% y el trabajador aporta el 4%. Estos porcentajes se mantienen vigentes para el año 2026 y aplican tanto para trabajadores que devengan el salario mínimo como para aquellos con ingresos superiores, calculándose siempre sobre el salario base mensual sin incluir el auxilio de transporte.
¿Cuánto descuentan de salud y pensión?
El descuento que recibe un trabajador dependiente por concepto de salud y pensión equivale al 8% de su salario base mensual. Esto significa que del salario mínimo de 2026, se descuentan aproximadamente $70.000 por cada concepto, para un total cercano a los $140.000 mensuales.
Después de estos descuentos obligatorios, el salario neto que recibe el trabajador queda en aproximadamente $1.607.132, al cual se suma el auxilio de transporte completo de $249.095, ya que este no hace parte del ingreso base de cotización y se paga sin descuentos. Por su parte, el empleador debe asumir un 12% adicional para pensión ($209.626) y un 8,5% para salud ($148.485), lo que representa un costo patronal significativo adicional al salario del trabajador.
¿El descuento de salud y pensión es mensual o quincenal?
Los aportes a salud y pensión en Colombia se calculan y pagan de forma mensual, aunque el salario puede pagarse de manera quincenal según lo acordado entre empleador y trabajador. Cuando el pago del salario se realiza quincenalmente, el trabajador recibe la mitad del salario base más la parte proporcional del auxilio de transporte, pero los descuentos de seguridad social se efectúan sobre la base mensual completa.
En la práctica, si el salario se paga quincenalmente, cada quincena se descuentan aproximadamente $35.000 por salud y $35.000 por pensión, sumando $70.000 por quincena. Los trabajadores independientes deben realizar sus aportes mes vencido a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), calculando el 40% de sus ingresos mensuales como base de cotización.
¿Se puede pagar solo ARL sin pagar salud y pensión?
No es posible para un trabajador dependiente pagar únicamente ARL sin estar afiliado a salud y pensión, ya que la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales requiere estar previamente afiliado a los sistemas de salud y pensiones según la normativa colombiana.
Sin embargo, existe una excepción importante: en el caso de contratistas independientes que pertenecen al Régimen Subsidiado en salud, el contratante puede afiliarlos únicamente a la ARL, asumiendo el 100% del costo de este aporte. Esta afiliación a la ARL no afecta ni modifica la afiliación al Régimen Subsidiado de salud del trabajador. Para trabajadores con contrato de prestación de servicios en actividades catalogadas como de alto riesgo (clases IV y V), la afiliación a la ARL es obligatoria sin importar la duración del contrato, mientras que para actividades de menor riesgo, la afiliación es obligatoria solo si el contrato supera un mes de duración.
¿Cuánto le descuentan a un trabajador por salud y pensión?
A un trabajador dependiente que devenga el salario mínimo en 2026 se le descuentan $139.750 mensuales en total por concepto de salud y pensión. Este descuento representa el 4% para salud ($69.875) y el 4% para pensión ($69.875), calculados sobre el salario base de $1.750.905. Estos descuentos se realizan directamente de la nómina mensual del trabajador y no incluyen el auxilio de transporte.
Para trabajadores que ganan más del salario mínimo, los porcentajes se mantienen iguales pero el valor absoluto aumenta proporcionalmente. Adicionalmente, los trabajadores que devenguen más de cuatro salarios mínimos deben hacer un aporte adicional del 1% destinado al Fondo de Solidaridad Pensional. El empleador, por su parte, asume el 20,5% adicional del salario del trabajador (12% para pensión y 8,5% para salud), además de otros aportes parafiscales.
¿Cuánto paga un empleado por salud y pensión?
Un empleado que recibe el salario mínimo en Colombia para 2026 paga mensualmente $139.750 por sus aportes obligatorios a salud y pensión. Este valor se divide en $69.875 para el sistema de salud (equivalente al 4% del salario base) y $69.875 para el sistema pensional (también el 4% del salario base).
Después de estos descuentos, el trabajador recibe un salario neto de aproximadamente $1.607.132, al cual se suma el auxilio de transporte completo de $249.095, totalizando cerca de $1.860.250 mensuales efectivos.
Es fundamental comprender que el empleado solo asume el 8% total de su salario, mientras que la mayor carga recae sobre el empleador, quien debe aportar el 20,5% adicional. Para trabajadores independientes, la situación es diferente: deben asumir el 28,5% completo de sus ingresos (12,5% para salud y 16% para pensión), calculado sobre el 40% de sus ingresos mensuales, con una base mínima de cotización de un salario mínimo.







